
A continuación parte de la entrevista que realizó una monitora de la Red Alerta PUCV.
Las personas que viven con VIH lamentablemente sufren de discriminación en distintos aspectos de sus vidas, por lo que quisimos ahondar en el aspecto jurídico de la discriminación en el área laboral, para ello entrevistamos al profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Laboral de nuestra Universidad (PUCV), el señor Jorge Sánchez, que amablemente nos resolvió nuestras dudas:
¿Cree usted que el ordenamiento jurídico protege de manera efectiva a las personas con VIH en su ambiente laboral?
La normativa que nos rige expresamente rechaza todo tipo de discriminación, y para ello basta con tener a la vista el artículo 2º del Código del Trabajo, y en lo particular la ley 19.779 en su art. 7 que establece que no se puede condicionar la contratación de personas a la ausencia del virus VIH, en los términos y con las excepciones que expresa esa norma. Conforme a ello no se pueden exigir exámenes para verificar si es portador de la enfermedad, ya sea para el ingreso al servicio público o privado, con la excepción de las selecciones para el personal regido por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional. Cabe señalar que la excepción expresada sólo dice relación con el ingreso al Servicio, pero no podrá exigirse el examen para la permanencia en el mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, deben respetarse las garantías constitucionales del trabajador que vive con VIH, tales como su integridad física y psíquica, a su debida intimidad, a la igualdad ante la ley y su no discriminación, entre otras, las que son exigibles expresamente al empleador en conformidad al inciso primero del Art. 5º del Código del Trabajo.
¿es causal de despido el ser una persona que vive con VIH?
De acuerdo a lo afirmado en la primera respuesta obviamente no es causal de término de contrato laboral o de desvinculación en el sector público.
Sin perjuicio de lo anterior, puede ocurrir que sin manifestar el motivo o causa real, se invoque otra circunstancia para alejar de sus labores a una persona que vive con VIH, como por ejemplo manifestar que es por necesidades de funcionamiento de la empresa.
Recordemos que es un tema que supera lo netamente jurídico al punto que el diputado Boris Tapia, presidente de la Comisión de Trabajo, se refirió a los acuerdos alcanzados por los Estados miembros de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en Ginebra en la 91ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, sobre el lanzamiento de una estrategia mundial de salud y seguridad laboral, manifestando en lo pertinente que “En la discusión se destacó la importancia de contar con una base legal para combatir la discriminación, así como de la igualdad en el lugar del trabajo. También se hizo notar que a pesar de décadas de esfuerzos las mujeres, y las minorías raciales y étnicas aún no han logrado igualdad de oportunidades y de trato. En el debate también se afirmó que la discriminación es una causa importante de la pobreza, y que nuevas formas de discriminación están apareciendo basadas en edad, orientación sexual, VIH/SIDA, y discapacidad física.”.
Acerca del tema el profesor reflexiona:
“El VIH/SIDA es una enfermedad donde indudablemente las conductas de prevención son vitales para evitar el contagio, pero quien sufre este grave flagelo debe ser apoyado personal y socialmente. Solo Dios da y toma nuestras vidas en el momento que es oportuno, por ello no podemos ignorar a este ser humano y su dignidad de tal, ya sea con una abierta discriminación y exclusión de participar en algo tan indispensable como es el trabajo, o con una indiferencia que invisibiliza el rostro sufriente de Cristo en nuestro hermano afectado.”
Lee la entrevista en extenso en nuestro grupo Facebook: Red Alerta PUCV y mantente informado, discute y deja tus comentarios respecto a diversos temas que están preparados para ti.
Por: Fabiola Palma
Estudiante de Derecho
No hay comentarios:
Publicar un comentario